
La reclamación judicial de daños y perjuicios es un recurso legal que permite que una persona sea resarcida por el daño que se le ha causado por la acción u omisión de otra persona o entidad mediante una compensación o indemnización económica.
Daños y perjuicios
Pueden haberse ocasionado como consecuencia de una acción, omisión, negligencia o accidente de tráfico. En términos generales, para la reclamación judicial tendrán que darse tres requisitos:
-Acción y omisión de una persona o entidad.
-Demostrar el daño o perjuicio causado a otro.
– Probar la relación de causalidad entre el daño causado y la acción u omisión de otro. Hay que probar que el daño producido a una persona tiene su origen, o su causa en la acción y omisión de otra persona o entidad.
Asimismo, deberá determinarse o cuantificarse económicamente el daño. La indemnización por daños y perjuicios ha de abarcar tanto el lucro cesante como el daño emergente:
-La indemnización de daños y perjuicios comprende, no sólo el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes.
Artículo 1106 del Código Civil
regulación
Se regula en base a los siguientes preceptos del Código Civil:
Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas.
El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
La reclamación de daños y perjuicios puede ser solicitada por el perjudicado iniciando un proceso judicial, en el cual se presenta la demanda y se inicia el procedimiento para determinar la existencia de responsabilidad civil y la compensación correspondiente.
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